| PRESENTACIÓN
ASFE, necesita una gestión eficaz y organizada para realizar una
tramitación ordenada y ágil, por esto pone en marcha un sistema que ayude
a realizar los objetivos de ASFE. El S.T.N. a la vez de agilizar el
trabajo de tramitación, espera ser el primer paso a la reestructuración
del sistema ASFE, así como la instalación definitiva de una comisión
nacional de crianza.
NORMAS GENERALES
La Asociación Felina Española (ASFE) es la responsable de aceptar las
tramitaciones remitidas por sus socios, una vez cumplimentadas, basándose
en el S.T.N. y el Reglamento de Crianza. El envío debe ir acompañado
inexcusablemente de la Hoja comprobante de haber realizado el ingreso, en
la cuenta bancaria de ASFE. El S.T.N. quiere ser la primera parte de un
cambio en la gestión de tramitaciones, además de ser necesario para la
reforma del sistema operativo que utiliza ASFE.
El S.T.N. esta sujeto a cambios que pudieran mejorar el sistema o su
comprensión. Así como deberá funcionar en perfecta conjunción con el
Reglamento de Crianza. Estos cambios se efectuaran en Asambleas de ASFE, y
se deberán comunicar a los Asociados de los miembros de ASFE, para su
constancia.
Todo documento remitido a ASFE, alterado o manipulado con escrituras,
tachaduras o
siendo estos grapados, perderá automáticamente su validez. Dicho documento
será remitido, tal y como se envió, con la mención "Anulado" y se deberá
solicitar un duplicado de este, para que adquiera de nuevo su validez.
TRAMITACIONES PEDIGRÍES
Es un documento en el que se reflejan los datos del gato y su árbol
genealógico. Dando fe de su inscripción en el LO y autentificando los
datos en el reflejados. En el caso de Fallecimiento, Castración, etc. que
modifique en parte o en su totalidad el Pedigrí, se debe enviar a ASFE, el
original para su corrección o anulación. Siempre se debe remitir el
Documento original que se deba anular o corregir.
TRANSFERENCIA DE PROPIETARIO
Es el documento oficial que se utiliza para transferir la propiedad de un
Gato.
• El Socio que solicite dicho tramite con su firma da fe de la
autenticidad de los datos.
• Deben ser cumplimentadas con todos los datos del nuevo propietario y
firmada por el antiguo y nuevo propietario.
Para la realización de la transferencia el asociado, debe enviar a ASFE,
únicamente el documento para tal fin, guardando el nuevo propietario el
Pedigrí original. (modificación art. 4 - b) Reglamento de Crianza.
No se admitirán Transferencias de Propietario, donde no figuren todos los
datos del nuevo propietario; (Nombre, Dirección, Código Postal, Población,
Teléfono, etc.)
En aquellos casos en que el criador tenga constancia del nuevo propietario
al que le ha cedido el gato, podrá indicarlo en carta firmada, adjunta al
Alta de Camada, incluyendo todos los datos del nuevo propietario y del
gato que se le transfiera, a este tramite se le aplica un canon que debe
ser realizado por el criador.
TARJETA DE REGISTRO
Este documento es un Pedigrí, en blanco, que indique el nombre y los datos
del gato que se presente en clase principiante (Según las normas FIFe) en
una exposición internacional recibiendo de 2 Jueces la calificación de
Excelente.
Siendo registrado en el Libro de Orígenes, con las siglas "RP" Registro
Principiantes, este individuo será RX, hasta completar su genealogía en el
Pedigrí.
HOMOLOGACIONES
Las Homologaciones, es la convalidación de los Pedigríes de otros miembros
al modelo nacional.
Para la correcta tramitación de una Homologación, debe ser remitido el
Pedigrí original del miembro FIFe, junto con la hoja de transferencia 'a
nombre del nuevo propietario.
Se remitirá al nuevo propietario el modelo nacional junto con el original
ya homologado sellado y firmado por el responsable del LO, el original de
la transferencia se quedara el] ASFE, adjuntándose fotocopia de la misma.
En el caso de que un Pedigrí de otra organización no FIFe, (pudiendo ser
este homologable) sea remitido a ASFE, para su tramitación de
homologación, en el LO y no se incluya la Transferencia a nombre del nuevo
propietario, ASFE podrá rechazar dicho tramite hasta que el solicitante
obtenga la transferencia donde conste su nombre, si esto no fuese posible,
se deberá adjuntar al pedigrí original carta del solicitante donde indique
claramente que el gato es de su propiedad, constando la fecha de
Adquisición y la vía (criador, tienda, etc.) con los datos del/a mismo/a,
dicha carta
deberá ser firmada por el.
En caso de no tener la hoja de transferencia el pedigrí será homologado
pero en este caso ASFE, se quedara con el original del Pedigrí a
homologar.
Las Homologaciones pueden ser adjudicados RX, en los siguientes casos:
• Homologaciones de una organización no FIFe.
• No estén completos los datos del individuo o sus ascendientes en el
Pedigrí a Homologar. (No indicación de los códigos de colores, no
indicación del numero de registro del país de origen, etc.)
• Razas no reconocidas por FIFe.
• En caso de tener menos de 5 generaciones incluido el individuo.
En cualquier caso, Serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las
4 generaciones de los ascendientes, en excepciones; como ausencia de
datos, (Registro de País) en la última generación, podrá ser inscrito como
LO. No obstante la decisión final será del responsable del Libro de
Orígenes, o en su caso de la comisión de crianza nacional.
ALTAS DE CAMADA
Las Altas de Camada, es el registro donde, a partir de el se inscribirán
en el LO ó RX, los gatitos nacidos de progenitores inscritos en el LO.
Serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las 4 generaciones de
los ascendientes, en excepciones; como ausencia de datos, (Registro de
País) en la ultima generación, podrá ser inscrito como LO. No obstante la
decisión final será del responsable del Libro de Orígenes, o en su caso de
la comisión de crianza nacional.
Deben reseñarse todos los datos que pide el documento(Fecha de Monta y
Parto; datos del Propietario de la Hembra y del Macho, datos de los
criadores, etc.) con letra clara y legible, El Socio criador dará fe y
será el responsable de que se rellene correctamente este documento.
Poniendo especial atención a las fechas así como a la relación de
colores declarados de los descendientes de los progenitores.
Es obligatorio adjuntar a las Altas de Camada:
• Fotocopia de los pedigríes de los progenitores.
• Salto de monta del macho ó Carné de macho reproductor.
• En caso de progenitores blancos, fotocopia del Certificado Veterinario
de no sordera.
Nunca se aceptaran altas de camada, que en el nombre asignado al cachorro
nacido se agregue además otro nombre que corresponda o se sospeche
pertenece a otro afijo, que no sea el del propietario de la Hembra.
Es necesario acreditar por parte del criador que formalice el Alta de
Camada, que la hembra es de su propiedad y que tiene concedido un Afijo,
(Se puede enviar fotocopia de la hoja de Transferencia de la hembra donde
conste como propietaria el criador)
SALTO DE MONTA Ó CARNE DE MACHO REPRODUCTOR
Los asociados deberán remitir a ASFE, fotocopia de Rappord, donde aparezca
el EX, conseguido por el macho en una exposición y fotocopia del Pedigrí,
para aquellos machos que ya posean el salto de monta, deberá acompañar una
fotocopia de este, cada vez que solicite un nuevo Carné de macho
reproductor, realizando el ingreso correspondiente a ASFE, este trámite
tiene un pago único y será valedero durante la vida reproductiva del macho
según marca el Reg. de Crianza.
AFIJOS
Es el apellido que el futuro criador elige, para identificar a todos los
gatos criados por el, esta tramitación es registrada a nivel
internacional.
ASFE, facilitara al nuevo criador el documento oficial para su solicitud,
en el deben constar todos los datos del criador. Deberá constar el n°del
DNI, del solicitante.
ASFE aconseja que los nombres no contengan mas de 15 dígitos, realizando
un filtro antes del envío a ASFE.
Es muy importante aconsejar al nuevo criador, puesto que la petición de su
Afijo implica una responsabilidad añadida sobre la tenencia y crianza de
gatos.
Un Afijo, solo puede ser solicitado por un criador, en caso de pareja o
matrimonio, se puede pedir a nombre de los dos, siendo conscientes los
solicitantes, del hecho, en caso de separación, deberán firmar un
documento, para transferir el Afijo á nombre del solicitante, que se quede
el afijo. (En este caso las hembras deberán ser transferidas a
nombre de la persona que se quede con el Afijo.)
El Afijo podrá ser colocado a petición del criador tanto detrás como
delante del nombre del gatito (debiendo este seguir el orden indicado en
el Reg. de Crianza), esta petición deberá ser reseñada en el documento de
petición de Afijo, aquellos criadores que tengan afijo concedido deberán
solicitar el cambio de situación por carta motivada a ASFE.
TÍTULOS
Si el criador o propietario del gato, desea que el titulo obtenido, conste
en el Pedigrí, deberá adjuntar a las fotocopias de los Rappords y
Certificados, correspondientes al titulo adjudicado, el Pedigrí original.
Si solo se desea que conste en el ordenador de ASFE, es suficiente con las
fotocopias de los Rappords y Certificados, acreditando que el gato ha
obtenido el titulo. Adjuntando fotocopia del Pedigrí original, es decir
certificado de Orígenes mas declaración de transferencia.
Los títulos obtenidos por un gato, deben ser homologados inmediatamente
tras la obtención de los certificados necesarios en cada categoría. No
pudiéndose homologar conjuntamente mas de un titulo. Salvo excepciones
justificadas.
DUPLICADOS
Para solicitar el duplicado de cualquier documento, debe de remitirse
carta del solicitante, incluyendo el motivo de la solicitud y debe ir
inexcusablemente firmada por este.
|