SISTEMA DE TRAMITACIÓN NACIONAL (S.T.N.)

 

Tarifas de las tramitaciones ASFE-FIFe

 

 

PRESENTACIÓN

 

ASFE, necesita una gestión eficaz y organizada para realizar una tramitación ordenada y ágil, es por esto que pone en marcha un sistema que ayude a realizar los objetivos de ASFE.
El S.T.N. a la vez de agilizar el trabajo de tramitación, espera ser el primer paso a la reestructuración del sistema de ASFE, así como la instalación definitiva de una comisión nacional de crianza.

 

NORMAS GENERALES

 

La comisión del Libro de Orígenes es responsable de aceptar las tramitación remitidas por sus socios, una vez cumplimentadas, en base al S.T.N. y al Reglamento de Crianza.

 

El S.T.N. quiere ser la primera parte de un cambio en la gestión de tramitaciones, además de ser necesario para la reforma del sistema operativo que utiliza ASFE.

El S.T.N. está sujeto a cambios que pudieran mejorar el sistema o su comprensión. Así como deberá funcionar en perfecta conjunción con el Reglamento de Crianza. Estos cambios se efectuarán en Asambleas de ASFE, y se deberán comunicar a los Asociados de los miembros de ASFE, para su constancia.

 

Todo documento remitido a ASFE, alterado o manipulado con escrituras, tachaduras o siendo estos grapados, perderá automáticamente su validez.

 

TRAMITACIONES

Pedigríes

 

Es un documento en el que se reflejan los datos del gato y su árbol genealógico. Dando fe de su inscripción en el LO y autentificando los datos en él reflejados.

En el caso de Fallecimiento, Castración, etc. que modifique en parte o en su totalidad el Pedigrí, se debe enviar a ASFE, el original para su corrección o anulación. Siempre se debe remitir el Documento original que se debe anular o corregir.

 

Transferencia del propietario

 

Es el documento oficial que se utiliza para transferir la propiedad de un Gato y es parte inseparable del pedigrí del gato.

  • Deben ser cumplimentadas con todos los datos del nuevo propietario y firmada por el antiguo y nuevo propietario

  • Para la realización de la transferencia debe enviar a ASFE únicamente el documento para tal fin, guardando el nuevo propietario el Pedigrí original

(modificación art. 4 - b) Reglamento de Crianza

No se admitirán Transferencias de Propietario, donde no figuren todos los datos del nuevo propietario; (Nombre, Dirección, Código Postal, Población, Teléfono, etc).

 

Tarjeta de Registro

 

Este documento es un Pedigrí en blanco, que indique el nombre y los datos del gato que se presente en clase principiante. (Según las normas FIFe) en una exposición internacional recibiendo de 2 Jueces la calificación de Excelente.
Siendo registrado en el Libro de Orígenes, con las siglas "RP" Registro Principiantes, este individuo será RX, hasta completar su genealogía en el Pedigrí.

 

Homologaciones

 

Las Homologaciones, es la convalidación de los Pedigríes de otros miembros al modelo nacional.

Para la correcto tramitación de una Homologación, debe ser remitido el Pedigrí original del miembro FIFe, junto con la hoja de transferencia a nombre del nuevo propietario.

Se remitirá al nuevo propietario el modelo nacional junto con el original ya homologado sellado y firmado por el responsable del LO, el original de la transferencia se quedarán en ASFE, adjuntándose fotocopia de la misma.

En caso de no tener la hoja de transferencia el pedigrí será homologado pero en este caso ASFE, se quedará con el original del Pedigrí a homologar.

 

Las Homologaciones pueden ser adjudicados RX, en los siguientes casos:

  • Homologaciones de una organización no FIFe.

  • No estén completos los datos del individuo o sus ascendientes en el Pedigrí a Homologar. (No indicación de los códigos de colores, no indicación del número de registro del país de origen, etc)

  • Razas no reconocidas por FIFe

  • En caso de tener menos de 5 generaciones incluido el individuo

En cualquier caso, serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las 4 generaciones de los ascendientes, en excepciones; como ausencia de datos, (Registro de País) en la última generación, podrá ser inscrito como LO. No obstante la decisión final será del responsable del Libro de Orígenes, o en su caso de la comisión de crianza nacional.

 

Altas de Camada y registro de cachorros nacidos

 

Es el registro donde, a partir de él se inscribirán en el LO ó RX, los gatitos nacidos de progenitores inscritos en el LO. Serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las 4 generaciones de los ascendientes, en excepciones; como ausencia de datos, (Registro de País) en la última generación, podrá ser inscrito como LO. No obstante la decisión final será del responsable del Libro de Orígenes, o en su caso de la comisión de crianza nacional.

Deben reseñarse todos los datos que pide el documento (Fecha de Monta y Parto; datos del Propietario de la Hembra y del Macho, datos de los criadores, etc.) con letra clara y legible,


Es obligatorio adjuntar a las Altas de Camada:

  • Fotocopia de los Pedigríes de los progenitores

  • En caso de progenitores blancos, fotocopia del Certificado Veterinario de no sordera

Nunca se aceptarán altas de camada, que en el nombre asignado al cachorro nacido se agregue además otro nombre que corresponda o se sospeche pertenece a otro afijo, que no sea el del propietario de la Hembra.

No se realizarán montas, con machos, que no estén homologados en ASFE.
Es necesario acreditar por parte del criador que formalice el Alta de Camada, que hembra es de su propiedad y que tiene concedido un Afijo.

 

Carné de Macho Reproductor

 

Para la obtención de este documento el gato debe haber cumplido los 10 meses de edad, haber conseguido al menos un excelente en categoría de adulto en expos FIFe o tener un certificado de su veterinario confirmando que tiene los dos testículos descendidos correctamente.

 

Afijos

 

Es el apellido que el futuro criado elige, para identificar a todos los gatos criados por él, esta tramitación es registrada a nivel internacional.

Ell nuevo criador cumplimentará el documento oficial para su solicitud, en él deben constar todos los datos del criador. Siendo acompañado este documento de fotocopia del DNI, del solicitante.

ASFE aconseja que los nombres no contengan más de 15 dígitos, realizando un filtro antes del envío a FIFe.

Es muy importante aconsejar al nuevo criador, puesto que la petición de su Afijo implica una responsabilidad añadida sobre la tendencia y crianza de gatos.

Un Afijo, solo puede ser solicitado por un criador, en caso de pareja o matrimonio, se puede pedir a nombre de los dos, y los dos deben ser socios ASFE, siendo conscientes los solicitantes, que en caso de separación, deberá firmar un documento, para transferir el Afijo a nombre del solicitante, que se quede el afijo. (En este caso las hembras deberán ser transferidas a nombre de la persona que se quede con el Afijo)

El Afijo podrá ser colocado a petición del criador tanto detrás como delante del nombre del gatito (debiendo este seguir el orden indicando en el Reg. de Crianza), esta petición deberá ser reseñada en el documento de petición de Afijo, aquellos criadores que tengan afijo concedido deberán solicitar el cambio de situación por carta motivada a ASFE.

 

Títulos

 

Si el criador o propietario del gato, desea que el título obtenido, conste en el Pedigrí, deberá adjuntar a las fotocopias de los Rapports y Certificados, correspondientes al título adjudicado, el Pedigrí original.

Si solo se desea que conste en el ordenador de ASFE, es suficiente con las fotocopias de los Rapports y Certificados, acreditando que el gato ha obtenido el título y adjuntado fotocopia del Pedigrí.

 

Duplicados

 

Para solicitar el duplicado de cualquier documento, debe de remitirse carta del solicitante, incluyendo el motivo de la solicitud y debe ir inexcusablemente firmada por éste.