SISTEMA DE
TRAMITACIÓN NACIONAL (S.T.N.)
Tarifas de las tramitaciones ASFE-FIFe
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PRESENTACIÓN
ASFE, necesita una gestión eficaz
y organizada para realizar una tramitación ordenada y ágil, es por esto
que pone en marcha un sistema que ayude a realizar los objetivos de
ASFE.
NORMAS GENERALES
Las Secciones Territoriales, son responsables de aceptar las tramitación remitidas por sus socios, una vez cumplimentadas, en base al S.T.N. y al Reglamento de Crianza. Una vez comprobadas y estudiadas las distintas tramitaciones la Sección Territorial, las remitirá a ASFE, agrupándolas por tipos, es decir reuniendo las Altas de Camada en un Bloque, las Homologaciones en otro bloque a así sucesivamente con los distintos tipos de tramitación. Se le asignará el numero de control que será reflejado en la hoja del control de Tramitaciones y a su vez en la tramitación que le corresponda. El envío debe ir acompañado inexcusablemente de la Hoja de Control, (por duplicado) que serán firmados por el Secretario de la Sección Territorial (indicando la fecha de envío). A su vez ASFE remitirá el duplicado firmado por el responsable del Libro de Orígenes, indicando la fecha de Recepción. El S.T.N. quiere ser la primera parte de un cambio en la gestión de tramitaciones, además de ser necesario para la reforma del sistema operativo que utiliza ASFE. El S.T.N. está sujeto a cambios que pudieran mejorar el sistema o su comprensión. Así como deberá funcionar en perfecta conjunción con el Reglamento de Crianza. Estos cambios se efectuarán en Asambleas de ASFE, y se deberán comunicar a los Asociados de los miembros de ASFE, para su constancia. Las Secciones Territoriales de ASFE, no podrán retener por un periodo de más de 2 meses, las tramitaciones enviadas por sus asociados. Todo documento remitido a ASFE, alterado o manipulado con escrituras, tachaduras o siendo estos grapados, perderá automáticamente su validez.
TRAMITACIONES
Es un documento en el que se reflejan los datos del gato y su árbol genealógico. Dando fe de su inscripción en el LO y autentificando los datos en él reflejados. En el caso de Fallecimiento, Castración, etc. que modifique en parte o en su totalidad el Pedigrí, se debe enviar a ASFE, el original para su corrección o anulación. Siempre se debe remitir el Documento original que se debe anular o corregir.
Transferencia del propietario
Es el documento oficial que se utiliza para transferir la propiedad de un Gato.
(modificación art. 4 - b) Reglamento de Crianza No se admitirán Transferencias de Propietario, donde no figuren todos los datos del nuevo propietario; (Nombre, Dirección, Código Postal, Población, Teléfono, etc).
Tarjeta de Registro
Este documento es un Pedigrí en
blanco, que indique el nombre y los datos del gato que se presente en
clase principiante. (Según las normas FIFe) en una exposición
internacional recibiendo de 2 Jueces la calificación de
Excelente.
Homologaciones
Las Homologaciones, es la convalidación de los Pedigríes de otros miembros al modelo nacional. Para la correcto tramitación de una Homologación, debe ser remitido el Pedigrí original del miembro FIFe, junto con la hoja de transferencia a nombre del nuevo propietario. Se remitirá a el nuevo propietario el modelo nacional junto con el original ya homologado sellado y firmado por el responsable del LO, el original de la transferencia se quedarán en ASFE, adjuntándose fotocopia de la misma. En caso de no tener la hoja de transferencia el pedigrí será homologado pero en este caso ASFE, se quedará con el original del Pedigrí a homologar. Las Homologaciones pueden ser adjudicados RX, en los siguientes casos:
En cualquier caso, serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las 4 generaciones de los ascendientes, en excepciones; como ausencia de datos, (Registro de País) en la última generación, podrá ser inscrito como LO. No obstante la decisión final será del responsable del Libro de Orígenes, o en su caso de la comisión de crianza nacional.
Altas de Camada
Las Altas de Camada, es el registro donde, a partir de él se inscribirán en el LO ó RX, los gatitos nacidos de progenitores inscritos en el LO. Serán inscritos como RX, cuando no tengan completas las 4 generaciones de los ascendientes, en excepciones; como ausencia de datos, (Registro de País) en la última generación, podrá ser inscrito como LO. No obstante la decisión final será del responsable del Libro de Orígenes, o en su caso de la comisión de crianza nacional. Deben reseñarse todos los datos
que pide el documento (Fecha de Monta y Parto; datos del Propietario de la
Hembra y del Macho, datos de los criadores, etc.) con letra clara y
legible, las Secciones Territoriales darán fe y serán las responsables de
que se rellene correctamente este documento, poniendo especial atención a
las fechas así como a la relacción de colores declarados de los
descendientes de los progenitores.
Nunca se aceptarán altas de camada, que en el nombre asignado al cachorro nacido se agregue además otro nombre que corresponda o se sospeche pertenece a otro afijo, que no sea el del propietario de la Hembra. No se realizarán montas, con
machos, que no estén homologados en ASFE.
Salto de Monta
Las Asociaciones Territoriales deberán remitir a ASFE, fotocopia de Rappord, donde aparezca el EX, conseguido por el macho en una exposición y fotocopia del Pedigrí, para aquellos machos que ya lo posean deberán acompañar una fotocopia de una de las hojas del Salto de Monta emitido anteriormente cada vez que solicite uno nuevo, realizando el ingreso correspondiente a ASFE, aquellas.
Afijos
Es el apellido que el futuro criado elige, para identificar a todos los gatos criados por él, esta tramitación es registrada a nivel internacional. La Sección Territorial, facilitará al nuevo criador el documento oficial para su solicitud, en él deben constar todos los datos del criador. Siendo acompañado este documento de fotocopia del DNI, del solicitante. La Sección Territorial aconsejará que los nombres no contengan más de 15 dígitos, realizando un filtro antes del envío a ASFE. Es muy importante aconsejar al nuevo criador, puesto que la petición de su Afijo implica una responsabilidad añadida sobre la tendencia y crianza de gatos. Un Afijo, solo puede ser solicitado por un criador, en caso de pareja o matrimonio, se puede pedir a nombre de los dos, siendo conscientes los solicitantes, del hecho, en caso de separación, deberá firmar un documento, para transferir el Afijo a nombre del solicitante, que se quede el afijo. (En este caso las hembras deberán ser transferidas a nombre de la persona que se quede con el Afijo) El Afijo podrá ser colocado a petición del criador tanto detrás como delante del nombre del gatito (debiendo este seguir el orden indicando en el Reg. de Crianza), esta petición deberá ser reseñada en el documento de petición de Afijo, aquellos criadores que tengan afijo concedido deberán solicitar el cambio de situación por carta motivada a ASFE.
Títulos
Si el criador o propietario del gato, desea que el título obtenido, conste en el Pedigrí, deberá adjuntar a las fotocopias de los Rappords y Certificados, correspondientes al título adjudicado, el Pedigrí original. Si solo se desea que conste en el ordenador de ASFE, es suficiente con las fotocopias de los Rappords y Certificados, acreditando que el gato ha obtenido el título. Adjuntado fotocopia del Pedigrí.
Duplicados
Para solicitar el duplicado de cualquier documento, debe de remitirse carta del solicitante, incluyendo el motivo de la solicitud y debe ir inexcusablemente firmada por éste, así mismo la Sección Territorial, sellará y firmará esta solicitud para su constancia. |