REGLAMENTO FIFe PARA LOS NOMBRES DE AFIJO
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1º La Federación Internacional Felina (FIFe) lleva un libro internacional de los Afijos (BCN) registrados por los miembros y aceptados por esta última.
2º El uso de un nombre de Afijo que no estuviera registrado en el BCN de la FIFe no es autorizado a los socios individuales de los miembros de la FIFe.
3º Un Afijo es la propiedad privada y estrictamente personal de un criador y no puede, después de su registro, ser trasmitido o transferido. (A excepción de circunstancias descritas en el artículo 4º) Un criador no puede tener más de un solo Afijo.
4º
Si un Afijo está registrado a nombre de una pareja
viviendo en común, ninguna de las dos partes puede obtener un segundo
Afijo.
5º Un Afijo registrado por la FIFe después del 01/01/85 debe contener el código internacional del país en que residía su titular en el momento del registro (Por ejemplo D para Alemania, E para España, etc.)
6º
Un gato no puede llevar otro Afijo que el de su criador
(el criador es el propietario de la gata en el momento del
acoplamiento)
7º Un Afijo no puede contener más de 15 letras o dígitos (Código internacional del país no incluido)
8º
La petición de registro de un Afijo debe ser enviada por
el miembro de la FIFe a la Secretaría General de la Federación. |